El Estado de Nicaragua introdujo un recurso de casación en contra del fallo que favorece al ex presidente Arnoldo Alemán por el delito de “blanqueo y lavado de dinero” que se realiza en Panamá.
Hace un par de semanas, Alemán y su familia celebró la resolución que aparentemente lo exonera de culpa en suelo canalero, sin embargo el Procurador General de la República, Hernán Estrada, aseguró que el caso puede ser recurrible de casación, tal y como lo realizaron desde el miércoles pasado.Tal acción imposibilita al ex mandatario recibir los nueve millones de dólares que con bombos y platillos anunció que ocupará para su supuesta campaña electoral como candidato presidencial del Partido Liberal Constitucionalista (PLC).
Estrada manifestó que el caso en Panamá sigue vivo y puede ser objeto de casación ante la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Panamá.
El Procurador Estrada durante su comparecencia se hizo acompañar del Procurador Especial en Panamá, Rosendo Miranda, quien dijo “en Panamá no ha concluido el proceso penal los cargos de blanqueo de capital iniciado de oficio por las autoridades canaleras, a raíz de un reporte de operación sospechosa, hecho por la Unidad de Análisis Financiero en el 2002”.
Tanto Estrada como Miranda, manifestaron que llama mucho la atención que la resolución del Segundo Tribunal Superior que exonera de cargos a Alemán y parte de su familia, está firmado solo por un magistrado titular y tres suplentes, incluida una secretaria suplente.
Estrada señaló que el Estado de Nicaragua fue notificado de la resolución hasta el martes 20 de julio, por lo que inmediatamente el miércoles 21 se recurrió de casación (impugnó), por lo que será el máximo tribunal que decidirá su acepta o no el recurso.
“Lo decidido por el Tribunal Superior Panameño es un criterio que atiende a una evaluación estrictamente formal y no al fondo del caso, es decir que, contrario a lo afirmado por los acusados, el auto que le diera a conocer el 8 de julio pasado, es recurrible”, argumentó Estrada.
En sus argumentos presentados por Miranda destaca, que la resolución fue sustentada en la supuesta existencia de cosa juzgada (sentencia de magistrados liberales en enero pasado), pero que realmente no existe identidad de sujeto, pues en Nicaragua hay personas que no lo fueron en Panamá y viceversa, como María Lourdes Chamorro Benard y Oscar Moreira, entre otros.
Igualmente no existe identidad de hechos, ya que en Nicaragua se acusó por corrupción y cuyo caso fue denominado como la Huaca I, pero juridicamentos llamados como los checazos de Enitel, Multicambios, los camionetazos, Canal Seis, Mayco, IDR y Narcojet, estos tres últimos aún en etapa instructiva y conocidos como Huaca II.
Mientras en Panamá se acusó por blanqueo de capital relacionados como actos de corrupción, en otras palabras, estos delitos corresponden a hechos delictivos cometidos exclusivamente en suelo canalero, que afectaron su sistema financiero y cuyo dinero ilícitamente obtenido se encuentra en cuentas bancarias panameñas, explicó Miranda.
“Hay un principio general relacionado al blanqueo de dinero que es la autonomía del delito. Panamá no está investigando personas acusadas por corrupción y no le interesa si los hayan absuelto o condenado, estamos investigando dinero que se encuentra en Panamá proveniente del erario público de Nicaragua" aseveró el procurador Miranda.
Explicó que en Panamá y en Nicaragua el delito de lavado de dinero es autónomo, lo que significa, que no exige para su comprobación, la comisión de una conducta delictiva de gravedad previa y de acuerdo a lo estipulado en la legislación penal, abarca diversas modalidades como es, recibir, depositar, negociar, convertir o transferir dinero, títulos, valores, bienes u otros recursos financieros, a sabiendas de que proceden de actividades ilícitas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario